Julio Cury critica acuerdo del MP con imputados en caso Calamar

El jurista Julio Cury reprobó la “selectividad” con la que el Ministerio Público estaría tratando de favorecer a algunos implicados del caso de corrupción “Calamar”.

El abogado consideró que si el Ministerio Público los ha señalado como actores en la preparación y ejecución de los hechos punibles como coautores, quedan descartados como candidatos a criterios de oportunidad.

“Cuando más de un sujeto realiza aportes autónomos e indispensables en la consumación del hecho típico, estamos ante el fenómeno de la coautoría, por lo que siendo pasible de las mismas penas que otros imputados, y en todo caso superiores a las de aquellos cuyos aportes no fueron determinantes, el criterio de oportunidad no es el instituto procesal admitido, sino el juicio penal abreviado”, dijo.

Alegó que el artículo 370.6 del Código Procesal Penal subordina el ejercicio de la potestad administrativa de que dispone el Ministerio Público, a la constatación de que la acción penal que se descarta sea más leve que la que se propone ejercer, supuesto que se determina objetivamente conforme a la escala punitiva que conlleve la participación de cada imputado en los hechos.

“Según el relato fáctico del caso Calamar, Mimilo Jiménez y Crisóstomo Herrera fueron figuras centrales, porque dominaron las acciones que constituyen el núcleo de los hechos descritos en los tipos penales imputados, por lo que solicitarles criterio de oportunidad resulta inequívocamente desproporcionado, discriminatorio e ilegal”, expresó el jurista.

Reprochó lo que denominó como “pinza selectiva” del Ministerio Público, al señalar que esa política desconoce el eje de la teoría de la intervención cualitativa en el delito. “El peor ejemplo que ese órgano puede ofrecerle a nuestra sociedad, es encumbrar su capricho, su voluntarismo, su preferencia antojadiza en fundamento de sus actuaciones”, puntualizó.