Suprema: reportes periodísticos no son pruebas

Las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia establecieron que el valor probatorio de las publicaciones periodísticas, por sí solos, no constituyen medios idóneos que pudieran comprometer la responsabilidad civil de un sujeto de derecho.

La decisión tomada con base en una demanda en reparación de daños y perjuicios, a propósito de un accidente automovilístico, durante una competencia celebrada en la base aérea de San Isidro donde un piloto perdió el control de su vehículo e impactó en el área de los espectadores, y provocó la muerte del señor Eduardo Viñas Minaya.

En la sentencia núm. SCJ-SR-23-00087, refieren que este tipo de publicaciones, tradicionalmente, son redactadas por terceros que en su mayoría no presenciaron directamente los hechos, y que han recopilado la información basada en testimonios de otros individuos o fuentes secundarias.

“Por consiguiente, es indudable que los periodistas en el ejercicio de su labor no están exentos de incurrir en errores, omisiones o incluso interpretaciones subjetivas de los acontecimientos por ellos reseñados, lo que afecta directamente la fiabilidad de la información proporcionada por esta vía”, enfatiza.

Explica que los artículos de prensa también carecen de valor certificante, a diferencia de otros medios jurídicamente reconocidos por la norma y la jurisprudencia.