Diputados aprueban en segunda lectura colocación bonos soberanos por más de 344 mil millones de pesos

Santo Domingo, RD.- La Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura con modificaciones leves el proyecto de ley que autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a efectuar la emisión y colocación de valores de deuda pública por hasta un monto máximo de RD$344,980,212,118.00 o su equivalente en moneda extranjera.

La legislación, que pasará al Senado para su consideración, está contemplada en la Ley de Presupuesto General del Estado para el año 2024 y su objetivo es completar el financiamiento requerido para el ejercicio presupuestario de ese año.

El pliego de ley sometido por el Poder Ejecutivo el pasado 12 de diciembre contó con 101 votos a favor, 42 en contra y siete abstenciones. El mismo había sido declarado de urgencia y sancionado en primera lectura en la sesión del pasado miércoles, siendo enviado a comisión.

Tal como fue anunciado, los diputados de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD), Fuerza del Pueblo (FP) y Opción Democrática (OD) rechazaron la iniciativa, al igual que el Revolucionario Dominicano (PRD), por considerar inapropiados los endeudamientos del Gobierno y que el proyecto es contrario al artículo 43 de la Ley de Crédito Público.

Se recuerda que la Cámara Alta deberá refrendar la pieza antes del 12 de enero del próximo año, cuando cierra esta segunda legislatura ordinaria.

Informe disidente y modificaciones

El expresidente de la Cámara Baja por el PLD Radhamés Camacho junto a tres comisionados sometió un informe disidente, el cual fue “frenado” por la bancada del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y aliados, con 100 votos en contra, 46 a favor y tres abstenciones.

Según el legislador, el proyecto de ley cuenta con un informe favorable por parte de la Comisión Permanente de Hacienda, “inobservando el contenido de la Ley 6-06 de Crédito Público, que establece en sus artículos la prohibición de utilizar recursos provenientes de financiamiento para suplir gastos corrientes, y observando que estos recursos de colocación de bonos soberanos van a ser utilizados para soportar los gastos corrientes, en flagrante violación a la Ley de Crédito Público”.

“En nuestra condición de representantes del pueblo dominicano y ejerciendo las prerrogativas que nos otorga la Constitución de la República y el Reglamento de la Cámara de Diputados, y en virtud de que no fue acogida la propuesta que realizamos a la Comisión Permanente de Hacienda, por lo antes expuesto, decidimos presentar el informe disidente tomando en cuenta el preámbulo anterior y las consideraciones ut supra indicadas”, comentó Camacho en el documento.

De su lado, Agustín Burgos, secretario de la Cámara Baja, propuso modificaciones de forma: corregir la puntuación, acentuación, abreviatura, ortografía, género, número, uso de mayúsculas y minúsculas de las palabras que así lo ameriten, y aplicar el Manual de Técnica Legislativa en todo el texto que corresponda. La sugerencia fue admitida con 105 síes, 11 noes y 31 abstenciones.

Operaciones de manejo por hasta el 10 % del balance de la deuda pública

El proyecto de ley sobre bonos soberanos autoriza al presidente de la República que atendiendo a la favorabilidad de las condiciones financieras del mercado pueda disponer la emisión y colocación de una parte o de la totalidad de los referidos valores de deuda pública en los mercados internacionales o en el mercado doméstico de capitales, en pesos dominicanos, o según la moneda de la emisión y colocación que resulte más conveniente al país.

También autoriza al Ejecutivo a realizar operaciones de manejo, administración o gestión de pasivos durante el año 2024, por hasta el 10 % del balance de la deuda del sector público no financiero, que tengan como objetivo reducir el monto o el servicio de la deuda externa e interna del sector público no financiero, a través de emisiones de títulos de deuda para canjear o recomprar pasivos de deuda del sector público no financiero.

De igual forma, de conformidad con el artículo 72 de la Ley 80-23 de Presupuesto General del Estado para el año 2024, promulgada el 20 de diciembre de 2023, se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes a las aplicaciones financieras producto de cualquier operación de administración de pasivo.

“Espero, pues, que los honorables legisladores emitan su voto favorable sobre este importante proyecto de ley sometido a su consideración”, sostiene el presidente Luis Abinader en una carta dirigida al titular de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco.