Dos bloques se disputarán 3,849 cargos en febrero

En las elecciones municipales pautadas para el 17 de febrero del próximo año, dos grandes bloques electorales que concentran 31 de 34 partidos que tiene el sistema, se disputarán 3 mil 849 cargos.

La Junta Central Electoral (JCE) debe emitir la proclama que deja oficialmente abierto el proceso electoral para las elecciones municipales, a más tardar el 10 de diciembre, según lo establecido en el artículo 97 de la Ley del Régimen Electoral 20/23, que debe hacerse a más tardar 70 días antes de la fecha de las votaciones.

El número de cargos está distribuido en 158 alcaldías e igual número de vicealcaldías; 235 directores de distritos y la misma cantidad de subdirectores; unos 735 vocales y mil 164 regidores y la misma cantidad de suplentes.

Los partidos al momento de someter la lista de candidaturas deben cumplir con la cuota de género 60/40 a nivel local que establece la ley Electoral y el 10% de jóvenes contenida en la misma legislación.

Para las elecciones municipales de 2020, para esa misma cantidad de cargos se inscribieron 17 mil 942 candidatos, pero eran tres bloques de partidos políticos.

Aunque para ese proceso la oposición logró una alianza municipal no fue tan amplia como ocurre ahora.

El próximo viernes vence el plazo extendido que otorgó la JCE a los partidos políticos para que inscriban las candidaturas que optarán por esos cargos.La JCE tiene pendiente emitir la resolución sobre las candidaturas.

Para las elecciones municipales están habilitados para participar 34 partidos políticos y 10 movimientos municipales y provinciales.

De esos 34, el PRM encabeza un bloque de 23 organizaciones y la oposición, tiene alianza con siete. Los partidos que no acudirán en alianza son, Generación de Servidores, Partidos Socialista Cristiano, Patria para Todos y Esperanza Democrática.

Requisitos para candidatura

Los requisitos para ser candidato a cargo municipal están establecidos en el artículo 37 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y Los Municipios.

Los requisitos son ser dominicano mayor de edad, estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos, estar domiciliado en el municipio con al menos un año de antigüedad y saber leer y escribir.

El párrafo uno establece que la condición de residente no será indispensable cuando se trate de municipios de reciente creación.

El párrafo dos de ese mismo artículo establece que los extranjeros pueden optar por cargos municipales siempre que cumplan con los requisitos que establecen la Constitución y las leyes.

El artículo 38 de la referida Ley establece que las causas de ilegibilidad para uno de los cargos municipales.

No son elegibles a un cargo municipal quienes hayan perdido los derechos de ciudadanía o estén suspendidos en ellos conforme lo establecido por la Constitución.

Tampoco pueden ser elegibles los condenados por sentencias de la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada o pena privativa de libertad durante el periodo que dure la pena.

Son inelegibles y no podrán ser candidatos mientras duren en sus funciones, el presidente de la Suprema Corte de Justicia y demás jueces; el defensor del pueblo y sus adjuntos; el procurador general de la República y los representantes del Ministerio Público; los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

Requisito de residencia ha generado debates

El requisito de residencia en el municipio o provincia ha generado debates entre los partidos políticos y la JCE. Hay quienes interpretan que el lugar de residencia de un candidato está determinado por el lugar donde vota, sin embargo, otros alegan que es donde vive según dice su cédula de identidad y electoral. Para las elecciones de 2020, la JCE rechazó la inscripción de Honey Estrella como candidata a la vicealcaldía de la capital por el Partido Fuerza del Pueblo. El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó la decisión al considerar que la comunicadora cumplía con todos los requisitos establecidos en la ley electoral para un cargo de elección popular. En el caso de Estrella, su cédula de identidad establece que el residencial donde vivía para entonces pertenecía al municipio Santo Domingo Oeste y no al Distrito Nacional, lugar donde era candidata. Para las elecciones de 2016, una situación similar se presentó con la candidatura a la vicealcaldía de Francina Hungría. La JCE rechazó su candidatura por no residir en la capital, sino que su lugar de residencia estaba ubicado en Santo Domingo Este. Sin embargo, el PLD alegó que la vida profesional de Hungría estaba documentada en la capital.