Valerio: Justicia puso fin a la construcción del aeropuerto Bávaro

El abogado de la Corporación Aeroportuaria del Este, propietaria del Aeropuerto Internacional de Punta Cana y del Grupo Punta Cana, Miguel Valerio, declaró que la justicia dominicana ha puesto fin a la construcción del Aeropuerto Internacional de Bávaro.

Esto, según el jurista, mediante la evacuación de siete sentencias en su contra, ya que -ponderó- “es un proyecto sin sentido e innecesario”.

El profesional del Derecho indicó que además de esas siete decisiones judiciales, también se suma la resolución del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales del 12 de septiembre de 2022, que anuló la licencia ambiental que favorecía esa obra, “corrigiendo así las irregularidades que se cometieron a finales del Gobierno pasado, con lo cual se reafirma el fortalecimiento de las instituciones y de la seguridad jurídica en la República Dominicana”.

A través de un comunicado de prensa remitido a este medio, Valerio explicó que con la aprobación “irregular” de ese otro aeropuerto, a solo dos minutos de vuelo del Aeropuerto Internacional de Punta Cana, quedó evidenciado que todo el proceso para la concesión de los permisos de construcción del mismo “estuvo viciado desde sus inicios al infringirse los principios, normas y procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico de la República Dominicana”.

Precisó que por esa razón el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) lo declaró “lesivo al interés nacional” el 22 de diciembre de 2020 y que esa disposición fue ratificada el 23 de septiembre de 2021 por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo(TSA), que también determinó que el mismo incumplió con los requisitos establecidos para este tipo de proyecto.

Las siete sentencias

El jurista indicó que el TSA ha ratificado su postura mediante siete sentencias. Se trata de la sentencia número 0030-03-2021-SSEN-00435, del 23 de septiembre de 2020; la segunda fue la número 0030-1642-2021-SSEN-00535, de fecha 29 de octubre de 2021; la tercera, número 0030-03-SSEN-00012, del 28 de enero de 2022; y la cuarta sentencia, número 0030-1462-2022-SSEN-00085 emitida el 25 de febrero del 2022.

Asimismo, el 16 de diciembre de 2022 el TSA emitió la quinta sentencia, número 0030-03-2022-SSEN-00547; la sentencia 030-1643-2023-SSEN-00015, el 16 de enero de 2023; y finalmente, el 28 de abril de este año, la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió la sentencia 23-0507.

Las sentencias

De acuerdo a Miguel Valerio, el pasado 28 de abril, mediante la sentencia 23-0507, la SCJ rechazó el recurso de casación elevado por el Grupo Abrisa y el AIB contra la decisión del TSA que invalidaba la no objeción a la construcción del AIB otorgada originalmente por la Comisión Aeroportuaria, y que deja sin causa el decreto del expresidente Danilo Medina número 270-20 del 21 de julio del 2020, que aprobaba el establecimiento del Aeropuerto Internacional de Bávaro, y el contrato suscrito con el Estado.

Cuatro meses antes, el 16 de enero de 2023, a través de la sentencia 030-1643-2023-SSEN-00015, el TSA rechazó el recurso contencioso administrativo elevado por Grupo Abrisa, contra la resolución 005/2022, emitida por el IDAC, que rechaza la solicitud de permiso de operación y no objeción aeronáutica al AIB por entender que constituía un acto administrativo válido y legal.

De igual manera, mediante la sentencia número 0030-03-2022-SSEN-00547, del 16 de diciembre de 2022, el TSA rechazó el recurso contencioso administrativo interpuesto por el AIB, y confirmó en todas sus partes la resolución 005/2022, dictada por el IDAC, que rechaza la solicitud de permiso de operación y no objeción aeronáutica al AIB por entender que constituía un acto administrativo válido y legal.

Fue emitida por la Segunda Sala del TSA

La primera sentencia fue la número 0030-03-2021-SSEN-00435, mediante la cual la Segunda Sala del TSA declaró inadmisible un recurso contencioso elevado por Grupo Abrisa y la sociedad comercial Aeropuerto Internacional de Bávaro contra la resolución del IDAC que ordenó el inicio del proceso para declarar lesivo el oficio número 2293, a través del cual se formalizó el inicio del proceso de construcción y fiscalización de ese proyecto.