JCE reprobó test de igualdad y cortes dan paso a partidos

La sentencia 0366/2018 del Tribunal Constitucional dio paso al reconocimiento de 4 partidos y un movimiento

Dde 26 partidos políticos que tenía el sistema en las elecciones de 2016 y 2020, para la cita electoral de 2024 ya van 31 organizaciones y 5 movimientos locales. El número podría seguir aumentando si la Junta Central Electoral (JCE) se ve obligada por los precedentes legales a dar el sí a alguna de las 50 solicitudes de reconocimiento de partidos políticos.

¿Por qué la JCE ha sido obligada por los tribunales a otorgar personería jurídica a partidos a los que se la había negado por no cumplir los requisitos de ley?

El origen del problema lo detalla la sentencia 0366/2021 sobre un recurso de amparo que interpuso el Partido Generación de Servidores (PGS) del pastor evangélico Carlos Peña.

Resulta que mediante la resolución 22/2019 la JCE rechazó la solicitud de reconocimiento de los partidos PGS, Patria Para Todos y País Posible, pero luego todas esas organizaciones políticas presentaron, por separado, un recurso de revisión y el órgano volvió a denegar el reconocimiento, pero hizo una excepción, con País Posible, de Milton Morrison.

Basado en esa violación y el precedente establecido por Peña y su partido, otras organizaciones como Patria para Todos y Partido Socialista Cristiano, lograron sentencias favorables en los tribunales que la JCE tuvo que acatar y otorgarles la personería jurídica.

Fue durante la última gestión de Julio César Castaños Guzmán cuando la JCE se quemó en el test de igualdad, según la sentencia del Tribunal Constitucional, al privilegiar al partido País Posible y otorgarle el reconocimiento sin que haya cumplido con los requisitos establecidos, pero les negó la personería jurídica a otras organizaciones.

“Este órgano constitucional ha comprobado, que ciertamente, la Junta Central Electoral, pese a los mismos resultados generales, sin sustento objetivo alguno, para admitir una agrupación política y rechazar otras”. Esta distinción fue la que condujo a la Junta Central Electoral a dictar resoluciones en favor de una organización en perjuicio de otras, pese a que todas se encontraban en las mismas condiciones respecto a los requisitos porcentuales indicados”, argumenta el órgano constitucional en el fallo.

El fallo del Tribunal Constitucional explica que la resolución de la JCE violó el derecho a la igualdad, pues pese a que ninguna de las organizaciones solicitantes alcanzó un 50% del 2% de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones, dio un trato distinto a País Posible.

La sentencia puntualiza que la JCE privilegió al partido de Morrison, que en las pasadas elecciones fue aliado al Partido Revolucionario Moderno (PRM), a pesar de que otra organización había alcanzado un porcentaje mayor que el partido de Morrison.

“Todo ello revela de manera clara que hubo un trato desigual por parte de la JCE en perjuicio de tres organizaciones políticas excluidas, lo que constituye una franca y palmaria vulneración al artículo 39 de la Constitución”, establece.

La sentencia apunta que la JCE también violó el artículo 216 de la Carta Magna sobre los partidos políticos.

Y para las 50 solicitudes actuales, ¿el fallo también impactará?

Actualmente, el departamento de partidos políticos de la JCE realiza la labor de campo para verificar el cumplimiento de los requisitos de 50 organizaciones, entre partidos y movimientos accidentales, que han solicitado al órgano que les otorgue personería jurídica.

El abogado Manuel Fermín, consultado sobre el efecto que tiene el fallo sobre los casos que trabaja ahora la JCE, sostuvo que las sentencias del Tribunal Constitucional son vinculantes para todas las instituciones.

“El criterio que emite el tribunal constitucional sobre un partido político debe dar el mismo tratamiento a otros partidos políticos, no obstante esos partidos no hayan sido parte de ese proceso, si se da la misma condición para los que recibieron el beneplácito del Tribunal Constitucional, debe recibir el mismo tratamiento por los precedentes constitucionales emitido por la máxima autoridad jurisdiccional, ese es el efecto vinculante que le han dado a sus fallos”, explicó.

Un ejemplo es el caso del Partido Socialista Cristiano, de Soraya Aquino, que no fue parte de ese proceso, pero basada en la sentencia del TC sometió un recurso de amparo ante el Tribunal Superior Administrativo y logró que ordenara a la JCE su reconocimiento.

Partidos han crecido 150%

En más de 25 años, desde 1996 a la fecha, el número de partidos ha crecido más de un 150%. Para 1996, el número de partidos políticos era 12 y ahora 31 organizaciones tienen personería jurídica. De 1996 a 2012, el número pasó a 14, solo dos nuevos partidos.

Sin embargo, en un periodo de cuatro años, para 2004 la cantidad se disparó a 23. Para los comicios de 2008, cuatro años más tarde, la cantidad de partidos políticos no subió, bajó a 22.

Para 2012, la el número de partidos volvió a subir a 25, tres más que en las elecciones anteriores. Entre 2010 y 2016, en la gestión de Roberto Rosario, solo Alianza País, de Guillermo Moreno, logró reconocimiento por parte del órgano electoral.

JCE ha sido favorable a los partidos políticos

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La JCE, en agosto de 2020, emitió la resolución 70 2020 que mantuvo la personería jurídica a todos los partidos, excepto al PDI. El 3 de marzo de este año, el órgano anuló esa disposición y restableció el reconocimiento al PDI. Igualmente, la JCE acogió un recurso de revisión a la fusión que hicieron en 2019, Alianza País y Opción Democrática. El pleno de la JCE acogió el pedido y Opción Democrática logró mantener su personería jurídica. La decisión está contenida en la resolución -2023 del órgano electoral. Por otro lado, la ley 33/18 flexibilizó los requisitos para lograr el reconocimiento de nuevos partidos y las resoluciones de la JCE han facilitado mantener la personería.

Constitución
Artículo El artículo 2016 de la Constitución elevó la categoría del sistema de partidos políticos.