Director CAASD adjudica obra por RD$157 millones a empresa vinculada al Ministro de Agricultura.

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El comunicador Alfredo de la Cruz, productor ejecutivo del programa radial “La Bomba de la Tarde”, denunció que el director general de la CAASD, Fellito Suberví, adjudicó a la Constructora Teddy (RNC-102317623), el lote IX del Proceso de Excepción declarado de urgencia y referenciado como CAASD-MAE-PEUR-2020-0001, empresa en la cual son accionistas el ministro de agricultura Limber Cruz y su hermano Teddy Miguel Cruz.

El comunicador explicó que el proceso fue publicado el 25 de noviembre de 2020 y se recibieron ofertas hasta el 08 de diciembre 2020, un plazo “relativamente acelerado” para una contratación que involucra 2,759 millones 871,146.98 pesos dominicanos. De la Cruz informó, además, que los RD$157 millones 383,168.09 pesos que se adjudicaron a Constructora Teddy (RNC-102317623), se hizo mediante acta del Comité de Compras, con fecha del 18 de diciembre 2020 y se refrenda con el contrato Número CAASD-2021-00052, de fecha 29 de diciembre 2020.

“No se justifica tanta prisa en un proceso que involucra tanto dinero. Esta adjudicación de 10 obras por 157 millones de pesos entre funcionarios, es una gran oportunidad para que la justicia dominicana siga mostrando su independencia y revise este tema. La verdad que declarar de urgencia un proceso de casi 2,800 millones de pesos de este pobre pueblo en pandemia, es no respetar el dinero y matarnos de Covid lentamente”, enfatizó De la Cruz.

Lo que indica la Ley

La ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones del Estado en su artículo 14, incisos 1, 2, y 3, prohíbe a los funcionarios las contrataciones con el Estado y detalla de manera específica el listado de quienes que no pueden hacerlo. Al final el numeral 1 remite al artículo 2 de la misma ley donde indica: “Art. 2.- Están sujetos a las regulaciones previstas en esta ley y sus reglamentos, los organismos del sector público que integran los siguientes agregados institucionales: 1) El Gobierno Central; 2) Las instituciones descentralizadas y autónomas financieras y no financieras”.

En ese orden de ideas el numeral 6 del artículo 14, es muy específico cuando dice: “Las personas jurídicas en las cuales las personas naturales a los que se refieren los numerales 1, 2 y 3 tengan una participación superior al diez por ciento (10%) del capital social, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria”.

En este caso particular habría que analizar el uso de los plazos, por ejemplo Limber Cruz, declara 500 acciones del Capital Social de la Constructora Teddy (RNC-102317623).

Segundo, según el portal web del Ministerio de Agricultura, la Declaración Jurada de Limber Cruz, fue colgada el 16 de septiembre, justo un mes después de llegar a la posición de ministro, o sea que desde esa fecha al 18 de diciembre cuando se adjudica la obra, tan solo tenía tres meses y dos días entre ser accionista, según declaración, y el acta de adjudicación. Asimismo, sólo tenía tres meses y 11 días a la firma del contrato, en fecha 29 de diciembre 2020.

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